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Nueve meses de prisión para el pirómano de El Saler

El tribunal solo le considera autor de uno de los tres incendios de los que fue acusado por falta de pruebas

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Imagen de archivo del juicio por los tres incendios en El Saler ep
Alba Pérez Espada

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La Audiencia de Valencia ha condenado a nueve meses de prisión y una multa de 2.700 euros al abogado acusado de desatar el fuego en la Devesa de El Saler (Valencia). Aunque fue investigado por tres incendios en la zona protegida, el tribunal solo le considera autor del declarado el 21 de octubre de 2023, al no hallar pruebas concluyentes en los otros dos.

Según la sentencia, el presunto pirómano, que cuenta con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia, «actuó de forma deliberada« sobre las 20.15 horas, y »prendió fuego mediante la aplicación de llama a la masa forestal existente cerca de la Avenida Gola de Pujol«, una zona próxima a viviendas, tal y como ha constatado Europa Press, que ha tenido acceso a la resolución.

Asimismo, el fuego fue extinguido por la rápido intervención de los servicios de emergencias, que fueron avisados por vecinos del lugar que sorprendieron al acusado saliendo del lugar del fuego «nada más producirse» y dieron aviso al 112 a las 20.19 horas.

No obstante, la sala no ha podido acreditar que el abogado iniciara otro incendio ese mismo día por la tarde, en una zona cercana del mismo paraje, ni tampoco su implicación en el fuego declarado el 14 de enero de 2024 junto al antiguo parque de bomberos del Saler. La falta de indicios sólidos ha llevado a la sala a descartar su responsabilidad en estos dos episodios, puesto que la autoría se le atribuía por «meras sospechas», de las que no habían «indicios suficientes».

«No siguió un recorrido lógico y coherente»

Debido a la «rotundidad» en las declaraciones de los dos testigos, que sorprendieron en el lugar de los hechos al acusado «nada más prender fuego», el tribunal ha considerado acreditada la autoría del abogado en uno de los incendios del 21 de octubre .

Ambos afirmaron haber visto una «bolita de fuego» justo en el lugar del incendio, asegurando que no había nadie más en la zona y que solo se podía salir por la carretera o atravesando el bosque. Según su testimonio, el acusado salió corriendo desde el foco del fuego y se lo cruzaron con su coche al otro lado de la carretera. También aseguraron que el abogado se alejó «andando tranquilamente», pese a que una de las testigos le gritaba.

El acusado, por su parte, defendió que corrió inicialmente porque el fuego «ya tenía altura» y afectaba entre «tres y cinco metros cuadrados», algo que no coincide con lo declarado por los testigos. Además, los testigos siguieron al acusado andando tras el incendio y aseguraron que «no siguió un recorrido lógico y coherente para volver a su domicilio», lo que consideraron incoherente en plena emergencia. Incluso afirmaron haberlo visto «entre los arbustos» y posteriormente tratando de «esconderse entre los coches de un parking». Estos detalles contribuyeron a reforzar la convicción del tribunal sobre la implicación directa del acusado en el inicio del fuego.

«Denota claramente una conducta dolosa»

Por otra parte, para el tribunal, «iniciar un fuego, en las condiciones expuestas, por una persona, provocando de forma intencionada un incendio, denota claramente una conducta dolosa« y, si bien el fuego afectó a poca superficie por la rápida intervención de los bomberos, «causó daños a un espacio natural protegido que se encontraba próximo a viviendas habitadas».

Asimismo, además de la condena de nueve meses de prisión y una multa de 2.700 euros, el abogado también tendrá que indemnizar al Ayuntamiento de Valencia con 255,89 euros, correspondiente a los gastos causados para sofocar el incendio.

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